jueves, 12 de marzo de 2009

CLAUSTRO DE PROFESORES

ETIMOLOGÍA DE LA PALABRA CLAUSTRO.

Proviene del latín claudere, con el significado de cerrar.



Posee dos acepciones:



1. Galería flanqueada de columnas o arcos que rodea un patio en un edificio conventual o universitario.



Se trata de un patio cuadrangular que en sus cuatro lados tiene una galería porticada con arquerías que descansan en columnas o dobles columnas. Está edificado a continuación de una de las naves laterales de una catedral o de la iglesia de un monasterio. Cada galería toma el nombre de panda y en cada panda se distribuyen los distintos espacios necesarios para la vida monacal o catedralicia. Suele ser lugar de recogimiento. El patio está casi siempre ajardinado y en el centro se encuentra una fuente o un pozo. El Claustro es un patio abierto con cuatro pasillos alrededor con arcadas y un pozo en el centro, normalmente.




2. Por extensión, corporación de los miembros de un convento o universidad.



En la actualidad, con la democratización de la Universidad en los años 1980, el Claustro pasa a ser un órgano donde todos los colectivos implicados (Funcionarios Docentes, Contratados Docentes, Estudiantes y Personal de Administración y Servicios) obtienen representación, por lo que el debate de las cuestiones internas de la Universidad pasa a ser materia pública. Asimismo, la elección al Rector también será materia de Claustro, por lo que el Rector pasa a ser controlado por toda la comunidad Universitaria. Con la aprobación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), el Claustro pierde parte de sus competencias en favor del Consejo Social y de la Junta de Gobierno, por lo que pierde importancia, tendencia que parece consolidarse con el anteproyecto de reforma de la LOU.




QUÉ ES EL CLAUSTRO DE PROFESORES Y SUS FUNCIONES.


El Claustro de Profesores, presidido por el Director, está integrado por la totalidad del profesorado que presta servicio docente en el Centro. El Claustro es el órgano de participación del profesorado y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre los aspectos docentes del Centro, siendo su función primordial la de impartir la docencia a todas las alumnas y alumnos.


Funciones y competencias:


- Impartir la docencia directa a los alumnos y alumnas.
- Elevar propuestas para elaborar el Proyecto Educativo y la Programación General Anual.
- Establecer criterios para elaborar los Proyectos curriculares, aprobarlos y evaluarlos y decidir sobre sus modificaciones.
- Aprobar y evaluar los aspectos docentes de la Programación General Anual así como la memoria final de curso.
- Aprobar los criterios pedagógicos para elaborar los horarios del alumnado y del profesorado.
- Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
- Coordinar las orientación, tutoría, evaluación y recuperación del alumnado. promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
- Elaborar el plan de formación del profesorado del Centro, según la propuesta de la Comisión de coordinación Pedagógica.
- Elegir sus representantes en el Consejo Escolar.
- Analizar y valorar trimestralmente la marcha general del Centro y la situación económica.
- Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro, según el resultado de las evaluaciones.

No hay comentarios: