martes, 24 de marzo de 2009
JORNADA ESCOLAR
Existen dos tipos de jornada escolar:
- Jornada contínua:
Toda la mañana de clases de 9:00 a 14:00, incluyen actividades extraescolares por la tarde.
- Jornada partida:
Incluye horas lectivas por la mañana de 9.30 a 12.30 y por la tarde hasta las 16.30, salvo septiembre y junio que solo hay clases por la mañana. También pueden incluir actividades extraescolares por la tarde.
2. QUÉ NECESITAMOS PARA MODIFICAR LA JORNADA ESCOLAR DE NUESTRO COLEGIO.
En un centro en el que ya está aprobada la jornada escolary se quiere modificar es necesario que ésto esté aprobado por todos los miembros que forman el centro escolar y por supuesto es necesario que cualquier modificación de éste tipo sea apoyada por el consejo escolar.
3. ÓGANO COLEGIADO AL QUE LE CORRESPONDE LA TOMA DE DECISIONES SOBRE LA APROBACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR.
Se realiza una propuesta para el año siguiente de la modificación de la jornda escolar por el director en el Consejo Escolar, se lleva esta propuesta al Claustro de profesores y tiene que estar aprobada por la mayoría de los dos tercios .
La Comisión de Coordinación Pedagógica se encarga de la realización del proyecto, se vuelve a reunir el Consejo Escolar y para aprobar la propuesta se necesita los dos tercios de sus componentes.
Por último se envía el proyecto a las autoridades educativas y se realizará una evaluación permanente del mismo.
4. ¿EN LOS CENTROS DE ED. INFANTIL Y PRIMARIA SON OBLIGATORIAS LAS ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES?
Las actividades complementarias son aquellas que se realizan en horario escolar, son obligatorias, están incluidas en las Programaciones Docentes y las preparan los Departamentos Didácticos.
Las actividades extraescolares no son obligatorias, pueden o no formar parte del currículo, se pueden llevar a cabo dentro o fuera del horario escolar y se pueden organizar por cualquier estamento de la comunidad educativa.
jueves, 12 de marzo de 2009
JORNADA ESCOLAR
Jornada escolar es el tiempo diario que dedica el establecimiento
educativo a sus estudiantes en la prestación directa del servicio público educativo, de
conformidad con las normas vigentes sobre calendario académico y con el plan de
estudios.
El horario de la jornada escolar será definido por el rector o director, al comienzo de cada año lectivo, de conformidad con las normas vigentes, el proyecto educativo institucional y el plan de estudios, y debe cumplirse durante las cuarenta (40) semanas lectivas establecidas por la Ley 115 de 1994 y fijadas por el calendario académico de la respectiva entidad territorial certificada.
El horario de la jornada escolar debe permitir a los estudiantes, el cumplimiento de las
siguientes intensidades horarias mínimas, semanales y anuales, de actividades
pedagógicas relacionadas con las áreas obligatorias y fundamentales y con las
asignaturas optativas, para cada uno de los grados de la educación básica y media, las
cuales se contabilizarán en horas efectivas de sesenta (60) minutos.
Básica primaria: 25h semanales y 1.000h anuales.
Básica secundaria y media: 30h semanales y 1.200h anuales.
Períodos de clase son las unidades de tiempo en que se divide la jornada
escolar para realizar las actividades pedagógicas propias del desarrollo de las áreas
obligatorias y fundamentales y de las asignaturas optativas contempladas en el plan de
estudios.
Los períodos de clase serán definidos por el rector o director del establecimiento
educativo al comienzo de cada año lectivo y pueden tener duraciones diferentes de
acuerdo con el plan de estudios, siempre y cuando el total semanal y anua, contabilizado
en horas efectivas.
CLAUSTRO DE PROFESORES
Proviene del latín claudere, con el significado de cerrar.
Posee dos acepciones:
1. Galería flanqueada de columnas o arcos que rodea un patio en un edificio conventual o universitario.
Se trata de un patio cuadrangular que en sus cuatro lados tiene una galería porticada con arquerías que descansan en columnas o dobles columnas. Está edificado a continuación de una de las naves laterales de una catedral o de la iglesia de un monasterio. Cada galería toma el nombre de panda y en cada panda se distribuyen los distintos espacios necesarios para la vida monacal o catedralicia. Suele ser lugar de recogimiento. El patio está casi siempre ajardinado y en el centro se encuentra una fuente o un pozo. El Claustro es un patio abierto con cuatro pasillos alrededor con arcadas y un pozo en el centro, normalmente.
2. Por extensión, corporación de los miembros de un convento o universidad.
En la actualidad, con la democratización de la Universidad en los años 1980, el Claustro pasa a ser un órgano donde todos los colectivos implicados (Funcionarios Docentes, Contratados Docentes, Estudiantes y Personal de Administración y Servicios) obtienen representación, por lo que el debate de las cuestiones internas de la Universidad pasa a ser materia pública. Asimismo, la elección al Rector también será materia de Claustro, por lo que el Rector pasa a ser controlado por toda la comunidad Universitaria. Con la aprobación de la Ley Orgánica de Universidades (LOU), el Claustro pierde parte de sus competencias en favor del Consejo Social y de la Junta de Gobierno, por lo que pierde importancia, tendencia que parece consolidarse con el anteproyecto de reforma de la LOU.
QUÉ ES EL CLAUSTRO DE PROFESORES Y SUS FUNCIONES.
El Claustro de Profesores, presidido por el Director, está integrado por la totalidad del profesorado que presta servicio docente en el Centro. El Claustro es el órgano de participación del profesorado y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre los aspectos docentes del Centro, siendo su función primordial la de impartir la docencia a todas las alumnas y alumnos.
Funciones y competencias:
- Impartir la docencia directa a los alumnos y alumnas.
- Elevar propuestas para elaborar el Proyecto Educativo y la Programación General Anual.
- Establecer criterios para elaborar los Proyectos curriculares, aprobarlos y evaluarlos y decidir sobre sus modificaciones.
- Aprobar y evaluar los aspectos docentes de la Programación General Anual así como la memoria final de curso.
- Aprobar los criterios pedagógicos para elaborar los horarios del alumnado y del profesorado.
- Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación.
- Coordinar las orientación, tutoría, evaluación y recuperación del alumnado. promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica.
- Elaborar el plan de formación del profesorado del Centro, según la propuesta de la Comisión de coordinación Pedagógica.
- Elegir sus representantes en el Consejo Escolar.
- Analizar y valorar trimestralmente la marcha general del Centro y la situación económica.
- Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro, según el resultado de las evaluaciones.
miércoles, 4 de marzo de 2009
COMITÉ DE CONVIVENCIA
¿Qué es?
El Comité de Convivencia Escolar, es un órgano consultor del Consejo Directivo, que busca servir de instancia en la solución acertada del conflicto escolar, dentro del debido proceso.
¿Cuál es su finalidad?
Es una herramienta pedagógica muy valiosa porque el estudiante aprende desde el error y aprende a desprender otras acciones que estaban preestablecidas y diseñadas, sea en su medio o en su ambiente social.
Se trabaja con la siguiente triada: FAMILIA, ESTUDIANTE, INSTITUCIÓN EDUCATIVA.
Orienta al estudiante para que adquiera una disciplina y una autonomía escolar desde su quehacer pedagógico, y que sea consciente y consecuente de la importancia del respeto a la norma para disfrutar de una sana convivencia escolar.
¿Quién lo compone?
ORIENTADORA ESCOLAR: contribuye a la solución de conflictos y problemas individuales, familiares y grupales.
PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES: promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes.Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los miembros de la comunidad educativa sobre lecciones y sus derechos.
PADRE DE FAMILIA O ACUDIENTE: conocer el rendimiento académico y comportamental de los estudiantes y participar en las acciones de mejoramiento.
COORDINADOR DE CONVIVENCIA: acompañar los procesos orientados a la resolución pacífica de los conflictos.
DIRECTOR DE GRUPO: promover el análisis de las situaciones conflictivas de los estudiantes y lograr en coordinación con otros estamentos las soluciones más adecuadas.
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA: apoyar la función pedagógica para cumplir la tarea educativa en forma adecuada.
REPRESENTANTE DE LOS PROFESORES SEGÚN EL NIVEL EN QUE SE ENCUENTRE EL ESTUDIANTE: apoya los procesos pedagógicos del estudiante.
FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR
a) Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en
relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje.
b) Elegir al Director del centro.
c) Proponer la revocación del nombramiento del Director, en los términos establecidos en el artículo 19.3.c).
d) Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente.
e) Aprobar el reglamento de régimen interior.
f) Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el
centro de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos.
g) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la ejecución del mismo.
h) Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su conservación.
i) Aprobar y evaluar la programación general del centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro.
j) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.
k) Fijar las directrices para la colaboración del centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos.
l) Analizar y evaluar el funcionamiento general del centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un
informe de la misma que se incluirá en la memoria anual.
m) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del centro.
n) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración
ñ) Informar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del centro.
o) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno.